autorregulación publicitaria
- nicolebrc
- 12 oct 2020
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Revisión de leyes que afectan el ejercicio de la publicidad en RD según:
Ley No. 6132, de Expresión y difusión del Pensamiento
Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, No. 358-05
Si bien es cierto que, como profesionales, tenemos el deber de mantener un perfil íntegro y digno de nuestra formación y capacidad, la carrera que practicamos nos abre un sinnúmero de puertas para expresarnos y plasmar lo que nadie dice, lo que aún no se ha leído ni escuchado, de manos de nuestra creatividad. “La ley establecerá sanciones aplicables a los que atenten contra la honra de las personas, el orden social o la paz pública”, si algo he aprendido en este año de carrera, es sobre la subjetividad, las miles de interpretaciones que puede tener una simple afirmación. Como publicistas, ¿qué regula lo que honra y lo que deshonra, qué ordena o desordena la sociedad, qué puedo decir yo en una campaña que dé o quite paz? No es que lo vea como una misión imposible, pero sí considero que comprende una ardua labor la autorregulación publicitaria en la República Dominicana, conociendo lo fácil que le cambiamos el significado a las cosas y lo adaptamos al contexto, o mejor dicho, con tantas jergas e inventos de palabras que puede repetir medio país y tal vez nadie sepa lo que signifique, es un poco complicado decir que es decente y qué no.
Según la ley 6132, uno de los mejores medios para alcanzar las elevadas necesidades que demanda la publicidad y las expresiones dentro de la misma, es necesaria la prohibición de toda medida preventiva, intervención y control administrativo en lo que concierne a la expresión de las ideas o comunicación de los hechos, y reducción al mínimo de las formalidades previas a la publicación. Estoy totalmente de acuerdo, pues como expresé anteriormente, las leyes deben adecuarse a las necesidades de quienes rige, para que sea posible cumplirlas y puedan verdaderamente cumplir la función.
Sobre los capítulos I y II, comprendo muy propios los artículos que se plantean. La participación de los directores y editores, control sobre los que manejan la información, la publican y la imprimen, nada se queda al aire, todo conlleva responsabilidad.
Se expone en la Ley 358-05 sobre los derechos de consumidores y usuarios el respaldo que ofrece la ley hacia los consumidores de bienes, servicios, información y diversidad de productos que se les puedan ofrecer. En el área de la publicidad es necesaria la máxima claridad en todos los aspectos de la comunicación, hacer las salvedades de lugar en los momentos necesarios para evitar las consecuencias que se puedan aplicar sobre los que infrinjan la ley o actúen ignorándola.
Las leyes de una manera u otra afectan la publicidad, ya sea en beneficio o en contra de ésta, aun así no podemos hacer caso omiso de lo necesarias que son al momento de reclamar casos que se puedan dar en el ejercicio de la publicidad y para mantener un orden entre las empresas, agencias y publicistas. También pueden jugar en contra, por lo que es necesario un conocimiento a profundidad de los aspectos que rigen nuestra carrera. Es necesario hacer conciencia entre los profesionales de nuestro país y formar las nuevas generaciones de publicistas en el tema, para que sea de conocimiento de todos, y que llegue el día en que las palabras regulación y ley no sean partícipes en la ignorancia de nuestros colegas y nosotros mismos.
Nuestro Creo que somos unos de los paises con mas leyes aprobadas pero sin ser implementadas y aplicadas. Urge que nuestra sociedad defienda y exija que lo que vea o escuche en los medios lleve cuota de calidad.